Covid-19
Se permite la reanudación o inicio de determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en pisos o locales dentro de un edificio habitado conforme a la Orden SND/385/2020 del 2 de mayo, que puedes consultar en el siguiente enlace:
¿Qué nos preguntan frecuentemente?
¿Puede retomarse o iniciarse, según aplique, una instalación de cocina en un piso/local dentro de un edificio habitado?
Sí, siempre y cuando el piso/local se encuentre vacío mientras duren los trabajos, es decir, que nadie ajeno a la actividad de la obra tenga acceso durante el transcurso de los mismos y se cumplan las condiciones de seguridad específicas establecidas en la normativa.
¿Puede retomarse o iniciarse, según aplique, una instalación de cocina en un chalet o edificio desocupado? ¿Le aplica la anterior normativa?
Sí, ya podían y pueden seguir llevándose a cabo. Las viviendas unifamiliares y edificios no ocupados no quedan regulados por la normativa contemplada en este documento (Orden SND/385/2020, de 2 de mayo), si bien habrá que aplicar en todo caso, de forma rigurosa, las medidas generales de prevención COVID 19, en especial en el caso de viviendas 3 unifamiliares, guardar la mayor separación posible con los residentes de la vivienda, si es que estuvieran presentes en el curso de la intervención.
¿Qué condiciones de seguridad específicas se exigen en la actual normativa para poder ejecutar los trabajos en edificios habitados?
Adicionalmente al requisito de que el inmueble del cliente se encuentre vacío, deben cumplirse las siguientes condiciones:
• Que se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
• Que el acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
• Que los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Y en cuanto a la comunidad de vecinos, ¿debe hacerse algo?
Es muy recomendable que el cliente comunique al administrador de fincas o presidente de la comunidad la reactivación o comienzo de las obras, su duración estimada y horarios de entrada y salida de nuestros instaladores cualificados.
Es muy recomendable que la información anterior esté visible a todos los vecinos a través de la colocación de carteles en zonas comunes de forma que se minimice al máximo por parte de los vecinos la coincidencia con los instaladores.
¿Pueden los operarios hacer uso de las zonas comunes del edificio?
Sí, pero cuando dichas zonas sean utilizadas por otros vecinos, el uso debe ser absolutamente limitado: únicamente en las horas de entrada y salida comunicadas y respetando el resto de condiciones de seguridad específicas señaladas en la pregunta anterior.